Con objeto de promover la eficiencia energética de los edificios, la Directiva 22010/31/UE exige el establecimiento de un procedimiento de certificación que proporcione una información sobre el consumo energético del inmueble que se pretenda comprar o arrendar.
Se establece la obligación de expedir un certificado energético para los edificios o unidades de estos que se construyan, vendan o alquilen, que debe incluir información objetiva sobre las características energéticas, para que de esta forma se valore y compare su eficiencia en el consumo y se favorezca la promoción de viviendas de alta eficiencia energética, y las inversiones en ahorro de energía.
¿Quién tiene la obligación de contratar la realización del certificado de eficiencia energética?
El propietario del edificio completo, vivienda o local destinado a su uso independiente, será el responsable de obtener y conservar el certificado.
¿Qué validez tiene el certificado?
El certificado de eficiencia energética tiene una validez de diez años. El propietario podrá voluntariamente proceder a su actualización cuando considere que existen variaciones en el edificio que pudieran mejorar su calificación energética.
¿Puedo anunciar el inmueble sin el certificado y solicitarlo cuando tenga comprador?
La etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad por lo que habrá que solicitarla con anterioridad.
¿Qué puede ocurrir si no lo hago?
El incumplimiento de esta normativa se considera infracción en materia de protección al consumidor, de acuerdo con lo establecido en el texto de la Ley General de defensa de los consumidores y usuarios, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2007.
Las infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios previstas en esta norma serán sancionadas por las Administraciones públicas competentes.
¿Como realizamos el certificado?
En primer lugar, en Inxegal realizamos una valoración técnica de la calificación energética del inmueble y elaboramos un informe detallado del estado energético de la vivienda.
En este informe, proponemos una serie de mejoras encaminadas a incrementar la eficiencia energética del inmueble y en consecuencia, a incrementar la valoración en la escala de la eficiencia energética.
Dividimos el estudio de las medidas de mejora en dos partes:
-Pasivas: Relacionadas con la envolvente, fachada, cubiertas, ventanas.
-Activas: Encaminadas a reducir el consumo producido por sistemas de climatización, producción de agua caliente, iluminación etc.
De entre las posibles mejoras, le propondremos de una forma realista las que con la menor inversión posible, repercutan en el mayor incremento de la valoración energética del inmueble.
Una vez elaborado el certificado y realizado todos los trámites ante la Xunta de Galicia (o frente al organismo competente en cada comunidad), se le entregará la documentación al cliente con la calificación energética oficial de su inmueble.
Nuestros profesionales son técnicos competentes con amplia experiencia y formados por el Instituto Enerxético de Galicia (INEGA).