En la edición de hoy 5 de Junio de 2014, Atlantico diario publica una entrevista a Teresa Pousada relacionada con la certificación energética.

A continuación os ponemos una transcripción de la misma. No dudéis en pinchar en la imagen para ver la publicación en detalle.

La eficiencia energética es una práctica que tiene como objetivo reducir el consumo de energía. En esta línea, la Unión Europea apuestadecididamente por políticas enfocadas, entre otros aspectos, a conseguir la diminución de CO2 y las consecuencias del llamado "efecto invernadero" y lograr una menor dependencia de determinados combustibles y fuentes de energía sin que ello, en el caso de las viviendas, suponga renunciar al confort.

Inxegal Ingeniería es una empresa que desde el año 2006 ofrece diversos servicios relativos a la eficiencia energética, Inspecciones Técnicas de Edificios ( ITE) e informes de Inspección Termográficos. Su responsable, la ingeniera Teresa Pousada, explica en esta entrevista en qué consiste la certificación energética de viviendas, obligatoria desde el pasado año para aquellas que se encuentren a la venta o en alquiler.

¿Qué ámbito de actuación tiene Inxegal?
Inxegal es una empresa que desarrolla su actividad fundamentalmente en el área de la Provincia de Pontevedra, Ourense y el sur de la Provincia de Coruña, si bien en ocasiones, cuando la circunstancia lo requieren, nos desplazamos a otras ubicaciones.

¿Qué es el certificado energético y cuál es su finalidad?
El certificado energético es un documento emitido por un ingeniero o arquitecto que informa sobre la eficiencia energética de un inmueble, clasificándolo en relación a la energía consumida por el mismo.
Su finalidad es la de promover la eficiencia energética de las viviendas en España para así reducir la dependencia energética y las emisiones de CO2 a la atmósfera, es decir, lograr que aquellas viviendas con peor calificación energética sean sometidas a reformas para mejorar su eficiencia energética. El objetivo sería el de que todas las viviendas que se construyan a partir del 31 de diciembre de 2020 tengan un consumo de energía casi nulo, tal y como está establecido en la disposición adicional del real decreto 235/2013, de 5 de abril. Dicho real decreto busca conocer el estado actual del parque de viviendas de España para saber qué medidas establecer para mejorar su eficiencia.

Los propietarios siguen considerando la emisión de la certificación energética como un impuesto más que tienen que pagar
Si bien la certificación energética es una exigencia imprescindible para la venta y o alquiler de un inmueble, los propietarios deben pensar que dicha certificación en este momento es una medida de seguridad para ellos. Un contrato de alquiler que carezca de la Certificación Energética deberá ser considerado por Ley nulo, por tanto cualquier incidencia, impago o litigio con un inquilino, estaría basado en una relación contractual nula, al margen de las sanciones administrativas que la propia falta del certificado puedan generar. Esto sería extensible a la relación entre un propietario que contrate un seguro de impago, y la compañía de seguros. Si el contrato de alquiler asegurado contiene una irregularidad que lo anule, difícilmente podremos exigir a la compañía de seguros que se haga cargo de una deuda que carece de soporte legal.

El certificado energético es normalmente ignorado por los inquilinos a la hora de arrendar un inmueble, pues para ellos prima la situación del mismo, su estado y sobre todo, el precio del alquiler. ¿Le parece adecuado este planteamiento?
La diferencia entre alquilar o comprar una vivienda con calificación energética de consumo G y otra con calificación B se estima en 1.697€ al año. Tan sólo entre calificaciones más cercanas como la D y la F habría ya una diferencia anual de 779€. Esto nos da una idea de lo importante que puede ser tener en cuenta el certificado energético de una vivienda a la hora de elegirla, ya sea para compra o alquiler.

Más llamativo es el ahorro  para las viviendas con calificación G, la más baja. Según estudios realizados, se estima que e l 63,4% de estas viviendas podrían alcanzar una calificación E y ahorrar un 51,6% año si llevasen a cabo las recomendaciones de mejoras  que en la certificación remitimos. Pasarían de gastar de media 2.087€ anuales a 1.010€, es decir, casi 1.000€ menos cada año.

¿Qué le recomendaría a un propietaria que quisiese mejorar la eficiencia energética de su vivienda?

Cada inmueble, dependiendo de sus características propias, tendrá un potencial de mejora. Ello determina en gran medida la adopción de las acciones a  llevar a cabo para la obtención de dichas mejoras.

La mejor opción sería la de realizar un estudio pormenorizado de vivienda que nos indique en qué estado se encuentra, y cuáles serían las medidas a adoptar más convenientes.  Precisamente esta es la información que se obtiene con la Certificación de Eficiencia Energética.

En cualquier caso, entre otras medidas, las ventanas son un elemento clave en el aislamiento de una vivienda.  La calidad tanto del acristalamiento como del marco pueden marcar una gran diferencia en el confort térmico de una vivienda.
Cambiar las ventanas por unas mejores puede suponer no tener que encender tanto la calefacción en invierno, o reducir el consumo de aire acondicionado en verano. Esto,  como hemos visto anteriormente, puede suponer un gran ahorro.

¿Se puede esperar a vender o alquilar la vivienda para contratar el certificado energético?

Desde el pasado 1 de junio del 2013 las inmobiliarias, tanto en sus escaparates, como en sus webs, así como en los portales inmobiliarios de Internet, deben publicitar la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento.
El Real Decreto 235/2013 establece que la etiqueta de eficiencia energética debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda. Es el propietario o promotor del edificio el responsable de que la etiqueta sea mostrada en todos los anuncios del inmueble.
El departamento de Industria ha abierto expediente  a cinco empresas navarras por ofertar viviendas sin calificación, lo que podrían derivar en sanciones leves de entre 300 y 600 euros,  si  bien el primer responsable es el propietario de la vivienda .


 

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